ACTO CÍVICO DE HOMENAJE
EN MEMORIA DE FRANCISCO GRANADO GATA,
combatiente antifranquista extremeño ejecutado por garrote vil durante el franquismo en 1963
Valencia del Ventoso (Badajoz)
Sábado 17 Agosto de 2024
Lugar: Patio Casa de la Cultura. 11 horas.
El próximo 17 de agosto de 2024, coincidiendo con el 61º aniversario de su ejecución por la dictadura franquista mediante garrote vil, se celebrará en Valencia del Ventoso (Badajoz), un acto cívico de homenaje a Francisco Granado Gata, organizado por la ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA DE EXTREMADURA (ARMHEX), los sindicatos CNT Extremadura y CGT, con la colaboración del Ayuntamiento de Valencia del Ventoso.
Francisco Granado Gata nació en Valencia del Ventoso en 1935, de donde emigró primero a Madrid, en 1953, en busca de trabajo, y después a Francia, en 1960. Allí entró en contacto con el movimiento de resistencia antifranquista de carácter anarquista y formó parte de las Juventudes Libertarias, que junto a CNT y FAI integraban el MLE, Movimiento Libertario Español. Como miembro del grupo creado Defensa Interior (DI), volvió de forma clandestina a España en 1963, con intención de participar en acciones de resistencia contra el régimen franquista. El 31 de julio de 1963 fue detenido junto a otro miembro de las Juventudes Libertarias, Joaquín Delgado Martínez.
Ambos fueron acusados de unos atentados que no habían cometido, y en solo 17 días, mediante proceso sumarísimo en Consejo de Guerra, fueron torturados, obligados a confesar la autoría de unos actos que no habían realizado, juzgados sin garantías procesales, sentenciados y condenados a la pena de muerte, cumpliéndose la sentencia el 17 de agosto en la cárcel de Carabanchel, Madrid, a mano de dos de los verdugos oficiales del Régimen franquista, curiosamente ambos naturales de Badajoz. El consejo de guerra sumarísimo obviamente estuvo, como corresponde a un juicio político en una dictadura, plagado de irregularidades.
Efectivamente mediante Sentencia de 13 de agosto de 1963, dictada por el Consejo de Guerra militar que conoció del procedimiento sumarísimo núm. 1118/63, seguida por el llamado “Juzgado Militar Especial Nacional de Actividades Extremistas”, fueron condenados a muerte Francisco Granado y Joaquín Delgado, penas que fueron ejecutadas el día 17 de agosto de 1963 mediante garrote vil. Dicha Sentencia dictada por el citado tribunal de excepción, consideraba probada la pertenencia de ambos a la Federación Ibérica de Juventudes Libertarias, así como la realización de diversas misiones para la citada organización, y en concreto la colocación de dos artefactos explosivos, delito que como está de sobra ya acreditado, nunca cometieron.
Francisco Granado y Joaquín Delgado fueron sometidos a torturas y malos tratos en dependencias policiales durante al menos seis días, como ellos mismos manifestaron en sus declaraciones ante el Tribunal que los condenó; y en todo momento afirmaron su inocencia respecto de la colocación de los artefactos explosivos por la que fueron condenados; por lo que no existió ninguna prueba que justificara la condena por tales hechos y ésta se produjo exclusivamente por su antifranquismo y pertenencia al movimiento libertario.
Igualmente hemos de resaltar que los verdaderos autores de la colocación de aquellos artefactos explosivos fueron Sergio Hernández y Antonio Martín, quienes reconocieron ante Notario ser ellos quienes instalaron los explosivos, habiéndolo declarado igualmente en un programa de la televisión franco-alemana «ARTE» emitido el 4 de diciembre de 1996 y ante un periodista del diario «El Mundo», que publicó un reportaje el día 1 de diciembre de 1996. Apareciendo igualmente esas declaraciones en un programa emitido por «Televisión Española» (La 2) el día 9 de noviembre de 1997. Así mismo ratificaron sus declaraciones ante la Sala V del Tribunal Supremo.
Además de todo ello, es evidente que Francisco Granado y Joaquín Delgado, no tuvieron un juicio justo por varias razones. Primero porque fueron juzgados por un órgano dependiente y parcial de una dictadura. Y en segundo lugar porque el proceso seguido fue la negación de toda garantía como resulta de lo que sigue:
-Los acusados no podían elegir libremente un abogado, sino que debían nombrar como defensor a un militar y, caso de no hacerlo, les era nombrado de oficio.
-El nombramiento de ese defensor militar era posterior a la elevación de la causa a plenario, de suerte que no podía intervenir durante las diligencias sumariales, circunstancia singularmente importante dada la fuerza probatoria -determinante- que éstas tenían.
-El plazo para preparar la defensa era breve: no superior a tres horas, y
-La sentencia era irrecurrible, adquiriendo firmeza con la aprobación de la autoridad judicial del Ejército (en el caso, el Capitán General de la Primera Región Militar), de acuerdo con su auditor.
Por otro lado, en ningún lugar de la sentencia, el Consejo de Guerra expone las presuntas pruebas en que se basó para declarar que Granado y Delgado fueron los autores del delito.
Hoy el artículo 5 de la vigente Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, tiene declarada legalmente de forma taxativa la ilegalidad e ilegitimidad de aquellos Consejos de Guerra y la nulidad de pleno derecho de sus resoluciones y sentencias, por ser contrarios a Derecho y vulnerar las más elementales exigencias del derecho a un juicio justo, así como la concurrencia en estos procesos de intimidación e indefensión.
En suma, es obligación de todos recordar que esos dos hombres murieron por algo, por algo tan importante como sus ideas, su oposición a la dictadura y lucha por la libertad; y por ello, debemos exigir que la verdad histórica de estos crímenes franquistas sea reconocida oficialmente, pasados ya 61 años desde aquel 17 de agosto de 1963, así como reconocer la constancia y tenacidad de familiares y amigos, contra aquella injusta condena de dos inocentes.
Desde entonces, y precedido por la campaña internacional en su apoyo, se ha venido reivindicando su inocencia por parte de organizaciones defensoras de los derechos humanos y su reconocimiento como combatientes antifranquistas. En 2003 la CNT de Extremadura ya rindió homenaje en su pueblo a Francisco Granado y en 2015 el pleno del Ayuntamiento de Valencia del Ventoso aprobó por mayoría una moción y declaración de reparación y reconocimiento de su persona, precisamente a instancias de una solicitud elevada al pleno por la ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA DE EXTREMADURA (ARMHEX). En dicha propuesta también se contemplaba hacer público en forma simbólica el carácter radicalmente ilegítimo e injusto de la condena, del que fuera natural y vecino de ese pueblo Francisco Granado Gata, como víctima de la represión franquista, y como reconocimiento público de la ignominia del juicio militar sin garantías a que fue sometido junto con su compañero Joaquín Delgado Martínez, en aquellos oscuros años de la dictadura franquista de infausta memoria.
Del mismo modo la Corporación, tal y como se le había solicitado por la ARMHEX, acordaba expresar en 2015, la solidaridad para con las familias de las víctimas en su lucha ante las diversas instancias judiciales nacionales e internacionales para hacer efectiva la nulidad radical de la sentencia que injusta e ilegítimamente les condenó, a fin de que sean repuestos en su dignidad, y para restituir los derechos que como tal les corresponden y de los cuales se les privó injustamente.
El acto cívico de homenaje, coincidiendo con el 61 aniversario del asesinato de Francisco Granado, se celebrará en el Patio del Centro Socio-Cultural “Los Solares” de Valencia del Ventoso, dando comienzo el sábado 17 de agosto a las 11 de la mañana. Contará con el espectáculo inicial “Flamencos solidarios”, a cargo del cantaor Tonio y el guitarrista Manuel Macarro, seguido con diversas intervenciones de los representantes municipales del Ayuntamiento de Valencia del Ventoso y miembros de las organizaciones convocantes, dejando el micrófono abierto para quien quiera aportar su particular homenaje.
La memoria de las víctimas de la dictadura franquista, su reconocimiento, reparación y dignificación, representan, legalmente un inexcusable deber moral en la vida política y es signo de la calidad de una sociedad. La historia no puede construirse desde el olvido y el silenciamiento. El olvido no es opción para una democracia