martes, 20 de abril de 2010

Criticar al Supremo



Los reproches de Villarejo al alto tribunal por acosar a Garzón se enmarcan en la libertad de expresión.
20/04/2010 Marc Carrillo.

Catedrático de Derecho Constitucional de la Universitat Pompeu Fabra, de Barcelona.

El acto en defensa de la democracia, porque así lo fue, en la Universidad Complutense con motivo del proceso abierto por prevaricación contra el titular del Juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional por investigar los crímenes de la dictadura franquista, y las valoraciones hechas en el mismo sobre algunos magistrados del Tribunal Supremo, precisan de una reflexión sobre el alcance de la libertad de expresión en la crítica a las instituciones. Sobre todo, y es una condición sine qua non en una sociedad abierta, cuando el escrutinio sobre los agentes públicos es preciso --como decía Popper -- para hacer frente a los enemigos de la democracia. ¿Qué dice al respecto la jurisprudencia de algunos tribunales?.

En los años 80, el entonces canciller socialdemócrata austriaco Bruno Kreisky fue objeto de una información en la prensa que recordaba que en su juventud había tenido amistades del Partido Nazi durante la anexión (anschluss ) de Austria a Alemania. Kreisky se querelló contra el medio de comunicación y los tribunales austriacos aceptaron sus pretensiones. Pero el caso llegó al Tribunal de Estrasburgo y este condenó a Austria estimando la demanda presentada por la prensa en defensa de su información, en la célebre sentencia del 8 de julio de 1986 (caso Lingens ) sobre el alcance de la crítica a las instituciones, que dijo que la libertad de expresión y el derecho a la información en tanto que pilares de una sociedad democrática "comprenden no solo informaciones inofensivas o indiferentes o aquellas que sean favorables; también incluyen las que puedan inquietar al Estado o a una parte de la población puesto que así resulta del pluralismo, la tolerancia y el espíritu abierto, factores sin los que no existe una sociedad democrática". Para el tribunal, el pasado de amistades peligrosas de un político no podía pasar desapercibido para la sociedad, aunque ello fuere hiriente o molestase al afectado.

PERO no es preciso ir al tribunal de la capital alsaciana para encontrar un criterio similar. En España, el Tribunal Constitucional resolvió un caso parecido derivado de unas críticas al Rey vertidas con motivo del Mundial de fútbol celebrado en 1982. En la revista Punto y Hora de Euskal herria, un periodista hacía su particular valoración del proceso de transición a la democracia poniendo de relieve la debilidad del sistema democrático, y en ese contexto hacía referencia "al pasado fascista" del Rey puesto que en 1969 había sido entronizado al cargo por el propio Franco . Dichas valoraciones fueron objeto de una querella por injurias al jefe del Estado, que condujo al periodista a una grave condena de privación de libertad. Pero recurrió en amparo ante el Tribunal Constitucional y este lo estimó, anulando la sentencia condenatoria. Los argumentos en defensa de la crítica a las instituciones fueron el pluralismo político y la libertad ideológica, que autoriza el margen más amplio en su ejercicio, con independencia "de que coincida o no con lo establecido en la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico, o que sea contrario a los valores y bienes jurídicos que se consagran en ellos, siempre excluyendo la violencia para imponer los propios criterios, pero admitiendo su libre exposición en los términos que impone una democracia avanzada" (STC 20/1990, de 15 de febrero, FJ 3).

Las palabras pronunciadas por el exfiscal anticorrupción Carlos Jiménez Villarejo , un servidor público de conducta intachable y defensor de los derechos fundamentales en todo momento, especialmente en la dictadura, cuando no era precisamente cómodo para la propia seguridad personal, se enmarcan en la libertad de crítica de la institución judicial. Críticas que expresan la exasperación cívica ante la sinrazón e inquietud social que supone abrir una causa por prevaricación a un juez instructor que atiende la demanda de familiares de desaparecidos por la represión franquista y que intenta iniciar un proceso para identificar a las víctimas de un régimen ominoso. Juez que es denunciado por Falange Española, heredera del fascismo local, y por el oscuro sindicato de extrema derecha Manos Limpias. El exfiscal ha dicho que "los magistrados del Tribunal Supremo (obviamente, los que han decidido la imputación por prevaricación) han dado un golpe brutal a la democracia española convirtiéndose en instrumento de expresión del fascismo español". Con lo cual no ha hecho otra cosa que describir un hecho: la espuria pretensión de un grupo político heredero del franquismo, sorprendentemente amparada por el Poder Judicial de un Estado democrático, para denegar una investigación sobre los crímenes de la dictadura y reparar la memoria de algo tan humano como es identificar a los familiares muertos, víctimas de una guerra civil y de la dictadura que la siguió. Por ello, el acto de la Complutense fue un acto de libertad de expresión en defensa de la dignidad democrática del Estado y de sus ciudadanos, ante la vergüenza internacional que para España el hecho supone y sin que sean de recibo las farisaicas invocaciones de respeto al principio de independencia judicial.

No hay comentarios: