ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA
DE EXTREMADURA (ARMHEX)
La ASOCIACIÓN PARA LA
RECUPERACION DE LA MEMORIA HISTORICA DE EXTREMADURA, ha presentado el dia de 10 de Marzo de 2016, escrito en
legal forma a la SECRETARIA GENERAL DE CULTURA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA, INSISTIENDO
como viene haciendo desde hace años, SOLICITANDO que con carácter urgente,
SE DICTE RESOLUCIÓN por parte de esa administración competente, por la que se SIN MÁS DILACIONES, SE ACUERDE INCOAR EXPEDIENTE DE DECLARACIÓN BIEN DE INTERÉS CULTURAL, CON LA
CATEGORÍA DE SITIO HISTÓRICO de los restos y del paraje natural o terreno donde
se ubicaban las COLONIAS PENITENCIARIAS DE MONTIJO, que parcialmente aun se
conservan. Todo ello, al amparo de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio
Histórico y Cultural de Extremadura, y de su Artículo 6. 1º. D), en su acepción
de Sitio Histórico (lugar o paraje natural
que forman parte de una unidad coherente por razones históricas, culturales o
de la naturaleza vinculadas a acontecimientos, recuerdos del pasado).
Urge una rápida actuación, pues actualmente, carece de la más mínima protección jurídico patrimonial,
evitándose que lo que debe ser un lugar de memoria, se convierta en un lugar de
olvido o desaparezca.
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Que dentro de las actuaciones que esta entidad, la ASOCIACIÓN PARA LA
RECUPERACION DE LA MEMORIA HISTORICA DE EXTREMADURA (ARMHEX), viene formulando
desde hace años, tendentes a que se lleve a cabo un proceso de dignificación,
protección y conservación de todos los Lugares de Memoria que aún existen en
Extremadura nuestra entidad, la ASOCIACIÓN PARA LA RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA DE EXTREMADURA, presentó el día 16 de noviembre de 2010, ante el Registro único de la Junta de Extremadura, escrito en legal forma a la entonces
denominada, CONSEJERÍA DE CULTURA y TURISMO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA,
solicitando se dictase resolución por parte de aquella consejería, por la que se
acordara incoar expediente de declaración Bien de interés cultural, con la
categoría de "sitio histórico" de los restos y del paraje natural o
terreno donde se ubicaban las COLONIAS PENITENCIARIAS DE MONTIJO, que
parcialmente aun se conservan.
Que dado que han
transcurrido más de cinco años, sin que conste se haya iniciado tal expediente,
la ARMHEX recuerda que es URGENTE y procedente reiterar la citada solicitud.
Por todo ello, por medio de
escrito presentado con fecha 10 de Marzo de 2016, en legal forma ha REITERADO
SU SOLICITUD, dado que carecen de la más mínima protección
patrimonial, frente a intervenciones urbanísticas inadecuadas, dado que en una
gran parte de los casos, se encuentran en un estado precario de conservación. Urge
pues una rápida actuación de la administración competente.
La ARMHEX, basa su petición
tanto en la LEY 52/2007, de 26 de diciembre, más conocida como Ley de la
Memoria Histórica, que “sienta las bases
para que los poderes públicos lleven a cabo políticas públicas dirigidas al
conocimiento de nuestra historia y al fomento de la memoria democrática”,
así como especial y concretamente en:
La Ley 2/1999, de 29 de
marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, que recoge la
competencia y el procedimiento para llevar a cabo la declaración de bien de
interés cultural.
Entre su articulado, se encuentra el art. 6.1º.d. Ley 2/99, que regula los
Bienes de Interés Cultural, en su acepción de “Sitio Histórico” (lugar o paraje natural que forman parte de una
unidad coherente por razones históricas, culturales o de la naturaleza
vinculadas a acontecimientos, recuerdos del pasado).
Las Colonias Penitenciarias de Montijo, son un referente de la memoria
histórica y lugar obligado de recuerdo para muchas personas y colectivos, su
significación histórica en el ámbito de la represión franquista seguida a la
guerra civil, lo configuran como símbolo en nuestra región que le hacen
merecedor de su máximo reconocimiento y protección que se promueve y así se
solicita por la ARMHEX.
DATOS HISTÓRICOS
Que como es sabido, terminada la guerra civil española, el régimen
franquista, mediante Ley de 8 de septiembre de 1939, creó el Servicio de
Colonias Penitenciarias Militarizadas (BOE 17-09-1939), con diferentes
Agrupaciones.
El Servicio de Colonias Penitenciarias Militarizadas, eufemismo con el que
se intentaba ocultar el nombre de los campos de concentración, fue en realidad
el encargado de centralizar el uso y abuso que el franquismo hizo de sus
prisioneros políticos como trabajadores forzados.
Estas Agrupaciones se encargaron de llevar a cabo el trabajo con presos
republicanos, en la construcción de canales y presas en diferentes ríos,
esencialmente: Guadiana, Tajo, Guadalquivir, Alberche y Jarama. Desde 1939 a
1942 se articularon seis Agrupaciones, una de ellas, la 2ª Agrupación, lo fue en el Canal de Montijo, donde se ubicaron las
Colonias Penitenciarias.
En total, llegaron a trabajar unos 1.450 presos republicanos en la Segunda
Agrupación de Colonias Militarizadas en Montijo, de los que hay constancia
documental, con nombres y apellidos, en los Archivos públicos. Casi un 20%
fueron presos extremeños. Así mismo un 29,5% fueron presos andaluces, y un
12,4% de presos catalanes, entre otras procedencias.
Participaron en la construcción de una parte del Canal de Montijo y de una
parte de la presa del mismo nombre.
La Colonia Penitenciaria Militarizada de Montijo contaba a su vez, con
varios centros de trabajo repartidos a lo largo de todo el canal. Por un lado
se encontraba el campamento principal con sede en Montijo y por otro varios
pabellones como el de Lácara (frente a Torremayor) o el de la Garrovilla. El
campamento principal se construyó a las afueras de Montijo.
Se trata por ello de
sensibilizar a la sociedad extremeña actual sobre acontecimientos del pasado
que han sido silenciados de forma indigna. Es una obligación legal y
democrática el reconocimiento público, al menos simbólicamente, de las personas
que fueron objeto de la represión, y obligadas a realizar trabajos civiles en
duras condiciones de precariedad y sufrimiento, entre esas actuaciones está sin
duda la conservación de aquel Paraje natural o sitio histórico.
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